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El cómplice en el Derecho Penal

El cómplice en el Derecho Penal.

En nuestro ordenamiento jurídico, no solo el autor del delito puede ser castigado. También lo será quien coopera de forma secundaria en la comisión del hecho delictivo: hablamos hoy del cómplice.

¿Qué dice el Código Penal? El artículo 29 del Código Penal define al cómplice como aquel que, sin ser autor, coopera a la ejecución del hecho con actos anteriores o simultaneos.

Diferencias clave con el autor: El cómplice no domina el hecho delictivo. Su participacion es accesoria y no imprescindible para que el delito se lleve a cabo. Su pena suele ser inferior a la del autor.

Ejemplo práctico: Si alguien proporciona información o materiales que facilitan un robo, pero no participa directamente en el, puede ser considerado cómplice y responder penalmente por ello.

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